viernes, 31 de julio de 2009




PROYECTO INVESTIGATIVO NIÑAS RESCATADAS DE LA EXPLOTACIÓN LABORAL INFANTIL


PROBLEMA:

La problemática presentada por parte del grupo investigativo numero cuatro a la población a tratar, en este caso las estudiantes de grado décimo del colegio Nuestra Señora Del Buen Consejo, es la actitud de indiferencia y desinterés que las mismas tienen ante el tema de la explotación laboral infantil.




HIPOTESIS:

1) Al realizar el trabajo investigativo, las estudiantes de grado décimo del colegio Nuestra Señora del Buen Consejo, comprenderán, y profundizarán la problemática presentada en la sociedad bogotana, es decir la explotación laboral infantil.

2) Al realiza el trabajo investigativo las estudiantes,de grado décimo del colegio Nuestra Señora del Buen Consejo no comprenderan ni profundizaran las problematicas presentadas en la sociedad Bogotana, es decir la explotacion laboral infantil.


JUSTIFICACIÓN:

La razón por la que se desarrolla este proyecto, se establece con base en la preocupación generada en el grupo investigativo numero cuatro, respecto a la explotación laboral infantil en Bogotá, y la actitud que se presenta por parte de las estudiantes de grado decimo del colegio Nuestra Señora del Buen Consejo, ya que dicha situación se esta convirtiendo en un problema cotidiano, frente al cuál se muestra indiferencia y desinterés.

OBJETIVO GENERAL:


Mostrar a las estudiantes de grado décimo del colegio Nuestra Señora del Buen Consejo la vivencia de 5 niñas entre (8) y (12) años quienes fueron víctimas de la explotación laboral infantil en las calles bogotanas, específicamente ejerciendo la mendicación, y que ahora se encuentran bajo la protección de la fundación “Casa Belén”.

OBJETIVO ESPECÍFICO:







  • Investigar sobre la explotación laboral infantil , reflejada en los niños que mendigan en las calles de Bogotá.






  • Buscar fundaciones especializadas en la explotación infantil laboral , con niños de la calle , que nos colaboren el desarrollo de este proyecto.






  • Conocer las experiencias de vida de 5 niñas refugiadas en la fundación “Casa Belén” y presentarlas a las estudiantes del grado décimo , del colegio de Nuestra Señora Del Buen Consejo , con el fin de informarlas acerca de la realidad de la explotación laboral infantiL.







  • Realizar encuestas a las niñas del grado décimo del colegio de Nuestra Señora Del Buen Consejo, para así determinar los conocimientos que éstas poseen del tema a desarrollar , la explotación laboral infantil.








MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL






MISIÓN:



Realizar encuestas a las niñas del grado décimo del colegio de Nuestra Señora Del Buen Consejo, para así determinar los conocimientos que éstas poseen del tema a desarrollar , la explotación laboral infantil.






VISIÓN:



Promover la formación integral de la niña en situación de vida en calle en alto riesgo de vulnerabilidad, para que dentro de un ambiente en libertad, respeto y cariño logren normas de conducta y cariño que le permita aportar positivamente a la sociedad.







IDIPRON:





  • El idiprom recuerda su razón de ser en la promoción de la educación integral de niños, niñas y jóvenes habitantes y en la calle pandilleros y la atención de la población vulnerable se compromete en:






  • Atender de manera oportuna y efectiva los requerimientos de los usuarios de entidad brindando una oferta educativa y formativa integral que responda a sus necesidades o expectativas.






  • Potenciarle el desarrollo del talento humano orientado a la prestación del servicio oportuno y eficiente en el IDIPROM.








  • Proveer los recursos físicos, tecnológicos y financieros, requeridos para el adecuado funcionamiento del sistema integrado de gestión.





  • Mantener el sistema integrado de gestión con base en la continua medición, análisis y mesora de sus procesos.








EXPLOTACIÓN INFANTIL:






Se refiere al trabajo de niños en cualquier sistema de producción económica de un país, una región y en el mantenimiento económico de un grupo o clan familiar. La explotación infantil es un hecho que azota en especial a países en vías de desarrollo, pero en el mismo se ven implicados los países industrializados. También se le denomina trabajo infantil.









TRABAJO INFANTIL:





Se constituye Trabajo Infantil toda actividad sistemática y económica, remunerada o no, realizada por niños y niñas que forzados por personas o circunstancias tienden a solventar su autoabastecimiento o al sostenimiento familiar lo que mediatiza su desarrollo físico, mental e intelectual pleno.





NIÑOS DE LA CALLE:






Niños que no tienen un hogar y el vínculo entre el niño y la familia no existe, ya sea por inestabilidad o por destrucción de sus propiasfamilias. En algunos casos estos son los motivos del abandono, en otros casos, el niño mismo decide irse.
derechos del niño
El niño disfrutará de todos los derechos escritos en la Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños, sin que haya discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición.



MARCO GEOGRÁFICO:





A nivel global, la tasa de actividad laboral entre los niños de 5 a 14 años se ha reducido en todas las regiones, pese a que las dinámicas de cada una de ellas son bien diferentes.Mientras que América Latina y el Caribe se destacan por una fuerte disminución, en África Subsahariana solo encontramos un leve descenso.En esta región, la disminución en la tasa de actividad no se debió a una reducción del número de niños trabajadores, que registró un aumento, sino a un crecimiento demográfico extremadamente alto.En África Subsahariana la proporción de niños ocupados en actividades económicas es más alta que en cualquier otra región y se sitúa en torno al 26%. La extrema pobreza es crónica en esta región y se agrava constantemente. Este hecho y el fuerte crecimiento de la población, unido a la pandemia del SIDA (en 2003 había 43 millones de niños huérfanos) dificulta gravemente la escolarización de los menores y el mantenerlos alejados del trabajo infantil.






•317 millones de niños de 5 a 17 años son económicamente activos, 218 de los cuales se consideran niños trabajadores.
•126 millones de menores realizan labores consideradas como las peores formas de trabajo infantil.
•La incidencia del trabajo infantil se calcula en torno al 13,9% en las edades de 5 a 17 años.
•Aproximadamente 122,3 millones de niños son económicamente activos en Asia y el Pacífico, 49,3 millones en África Subsahariana, 5,7 millones en América Latina y el Caribe y 13,4 millones en otras regiones.
•De los niños que trabajan en el mundo, con edades entre 5 y 14 años, el 69 % lo hacen en el sector agrícola, el 9% en el sector industrial y el 22% restante en el sector de los servicios.
•El 26,4% de los niños y niñas de entre 5 y 14 años de edad trabajan en África Subsahariana, la región con el índice más alto de niños y niñas económicamente activos.
•Se estima que en África hay 50.000 niños que son objeto de prostitución y pornografía.
•En África unos 120.000 niños menores de 18 años han sido forzados a tomar las armas como soldados, a ser porteadores militares, mensajeros, cocineros o esclavos sexuales.


para mas informacion acerca del trabajo infantil mundialmente entrar a http://www.margen.org/trabinf/manual.pdf


http://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/ech/jobinfantil/trabinf.pdf


http://www.unicef.org/spanish/protection/index_childlabour.html






MARCO DEMOGRÁFICO:






El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) indicó que en el primer trimestre del año fueron agredidos más de 16.000 de los 16 millones de menores de 18 años existentes en el país según la Encuesta Nacional de Demografía y Salud 2005, realizada por la no gubernamental Profamilia y que se prevé coincida con el censo que divulgará en septiembre el Departamento Nacional de Estadísticas.
Cálculos del gubernamental Instituto de Medicina Legal proyectaron que la cantidad de niños, niñas y adolescentes afectados por la violencia debería aumentarse, más allá de lo registrado, hasta llegar a cinco por ciento de la población en esa franja etaria si se estimaran los casos no denunciados, en especial los referidos al abuso sexual.






En 90 por ciento de los casos las denuncias se refieren a ataques contra menores de 10 años. "En parte se debe a que son más indefensos. A medida que se acercan a la edad adulta aumentan sus propios mecanismos de protección", opinó la siquiatra Isabel Cuadros, directora de la no gubernamental Asociación Afecto contra el Maltrato Infantil.
La información del ICBF identifica acciones de maltrato, además de físico, psicológico y abandono, a la explotación laboral, el uso de menores para la mendicidad, abuso o acto sexual incluidos menores discapacitados, prostitución, amenaza y la tenencia irregular.

para mas informacion entra al los siguientes links:

http://www.urosario.edu.co/medicina/CienciasSalud/documentos/vol1n2/winfantil_vol1n2.pdf

http://www.scielosp.org/pdf/rsap/v6n3/a04v6n3.pdf







MARCO LEGAL:





Marco legal nacionalEn Colombia:La Constitución Política De Colombia De 1991Art. 44: Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ellos, el cuidado y el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión.Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en Ios tratados internacionales ratificados por Colombia. (...)






Art. 53: El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales:Igualdad de oportunidades para trabajadores: remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo, estabilidad en empleo, irrenunciabilidad a beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derecho inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derechos; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales, garantía a la seguridad social, capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.

LEGISLACIÓN SOBRE TRABAJO INFANTIL



Constitución Nacional

Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su derecho armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.

Los derechos de los niños prevalecen sobre los demás.


Ley 115

Artículo 1. Todo Miembro para el cual esté en vigor el presente Convenio se compromete a seguir una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños y eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores.

Artículo. 5, Parágrafo 3. Las disposiciones del presente Convenio deberán ser aplicables, como mínimo, a: minas y canteras; industrias manufactureras; construcción; servicios de electricidad, gas y agua; saneamiento; transportes, almacenamiento y comunicaciones, y plantaciones y otras explotaciones agrícolas que produzcan principalmente con destino al comercio, con exclusión de las empresas familiares o de pequeñas dimensiones que produzcan para el mercado local y que no empleen regularmente trabajadores asalariados.


Ley 704 de 2001

Por medio de la cual se aprueba el “Convenio 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación”, adoptado por la Octogésima Séptima (87ª) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, Ginebra, Suiza, el diecisiete (17) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999).

El Congreso de Colombia

Visto el texto del “Convenio 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación”, adoptado por la Octogésima Séptima (87ª) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo - O.I.T., Ginebra, Suiza, el diecisiete (17) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999).

Los países que hayan ratificado este convenio, como en este caso lo hizo Colombia, se deben comprometer a tomar las medidas necesarias con el fin de garantizar la eliminación de las peores formas de trabajo infantil, de garantizar el acceso gratuito a la educación de los niños y niñas que hayan sido retirados de este tipo de trabajos, así como su rehabilitación y reinserción a la sociedad.



Código de la Infancia y la Adolescencia

Artículo 20. Derechos de protección. Los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos contra:

2. La explotación económica por parte de sus padres, representantes legales, quienes vivan con ellos, o cualquier otra persona. Serán especialmente protegidos contra su utilización en la mendicidad.

4. La violación, la inducción, el estímulo y el constreñimiento a la prostitución; la explotación sexual, la pornografía y cualquier otra conducta que atente contra la libertad, integridad y formación sexuales de la persona menor de edad.

12. El trabajo que por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo es probable que pueda afectar la salud, la integridad y la seguridad o impedir el derecho a la educación.

13. Las peores formas de trabajo infantil, conforme al Convenio 182 de la OIT.


Artículo 41. Obligaciones del Estado. El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. En cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá:

1. Garantizar el ejercicio de todos los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes.

4. Asegurar la protección y el efectivo restablecimiento de los derechos que han sido vulnerados.

8. Promover en todos los estamentos de la sociedad, el respeto a la integridad física, psíquica e intelectual y el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y la forma de hacerlos efectivos.

17. Garantizar las condiciones para que los niños, las niñas desde su nacimiento, tengan acceso a una educación idónea y de calidad, bien sea en instituciones educativas cercanas a su vivienda, o mediante la utilización de tecnologías que garanticen dicho acceso, tanto en los entornos rurales como urbanos.

18. Asegurar los medios y condiciones que les garanticen la permanencia en el sistema educativo y el cumplimiento de su ciclo completo de formación.

23. Diseñar y aplicar estrategias para la prevención y el control de la deserción escolar y para evitar la expulsión de los niños, las niñas y los adolescentes del sistema educativo.

24. Fomentar el deporte, la recreación y las actividades de supervivencia, y facilitar los materiales y útiles necesarios para su práctica regular y continuada.

29. Asegurar que no sean expuestos a ninguna forma de explotación económica o a la mendicidad y abstenerse de utilizarlos en actividades militares, operaciones psicológicas, campañas cívico militares y similares.

32. Erradicar las peores formas de trabajo infantil, el trabajo de los niños y las niñas menores de 15 años, proteger a los adolescentes autorizados para trabajar, y garantizar su acceso y la permanencia en el sistema educativo.

33. Promover estrategias de comunicación educativa para transformar los patrones culturales que toleran el trabajo infantil y resaltar el valor de la educación como proceso fundamental para el desarrollo de la niñez.

para mas informacion entra al los siguiente links:
http://www.colombiademocratica.com/index.php?option=com_content&task=view&id=173&Itemid=1

http://direccion.camara.gov.co/camara/site/artic/20090527/pags/20090527172034.html

http://alainet.org/active/31106&lang=es



MARCO HISTORICO:






Debido a que la Revolución Industrial surgió en Inglaterra, y con ella el desarrollo del sistema fabril y la explotación de los niños, conviene remitirse al siglo XVIII en Inglaterra, cuando los propietarios de las fábricas de algodón recogían niños de los orfanatos o se los compraban a gente pobre, haciéndoles trabajar después a cambio, tan sólo, de su manutención. En algunos casos, niños de cinco y seis años llegaban a trabajar entre trece y dieciséis horas al día.
Algunos reformistas, ya desde comienzos del siglo XIX, intentaron establecer restricciones legales para paliar este tipo de abusos. Sus logros, sin embargo, fueron escasos, ya que ni siquiera consiguieron reforzar las leyes existentes sobre número de horas de la jornada laboral o edad mínima para poder trabajar. Estas condiciones laborales se generalizaron en todas las fábricas. La mayoría de las veces, con el consentimiento de los principales líderes políticos, sociales y religiosos, se permitía que los niños trabajaran en tareas tan peligrosas como la minería.. Entre las consecuencias sociales negativas cabe destacar el analfabetismo de la población, el empobrecimiento de las familias y el crecimiento del número de niños enfermos y con facultades físicas disminuidas.






EN COLOMBIA
En Colombia el número de niñas, niños y jóvenes menores de 18 años que trabajan en condiciones difíciles es importante. Según cifras, 1'663.900 de niñas, niños y jóvenes entre los 12 y 17 años trabajaban. Adicionalmente, se estima que existen 784 mil niños, entre 6 y 11 años. Por tanto, se puede afirmar que por lo menos 2'447.900 menores entre 9 y 17 años trabajan en nuestro país.Si tenemos en cuenta que un alto porcentaje de la población menor de 18 años se ubica entre los niveles 1 y 2 del SISBEN, y que la gran mayoría de los niños, niñas y jóvenes trabajadores pertenecen a familias con bajos ingresos, podría decirse que prácticamente el 90% de los niños y jóvenes pobres entre 9 y 17 años trabaja, proporción realmente alarmante.Al tipificar el trabajo infantil, se encuentra que una mayor fuerza laboral se ubica en la zona rural; aunque al diferenciar dicha proporción por sexos, se observa una alta participación masculina en las zonas ruarles y una participación equilibrada entre ambos sexos en la zona urbana.









BIBLIOGRAFÍA:










Ariès, P., 1987, El niño y la vida familiar en el antiguo régimen, Madrid, Taurus.
De Mause, L., 1974, De History of Childhood, New York, The Psychohistory Press.
Delgado, B., 1998, Historia de la infancia, Barcelona, Ariel.
Dussel, E., 2000, “Europa, modernidad y eurocentrismo”, en: E. Lander, comp., La colonialidad del saber: Eurocentrismo y ciencias sociales. Perspectivas latinoamericanas, Buenos Aires, CLACSO/UNESCO, pp. 41-53.
Foucault, N.,1976, historia de la sexualidad 1: la voluntad de saber, Madrid, siglo XXI.
---, 1982, Hermenéutica del sujeto, Madrid, la piqueta.
---,1988, tecnologías del yo y otros textos afines, Barcelona, Paildos.









INTEGRANTES:









Grupo # 4:

• Natalia Andrea Blanco
• María Alejandra castillo
• Katty Stephania Niño
• Karen Paola Rincón
• Ana María Rodríguez
• Laura Camila Romero
• Laura Bibiana Serrano
• María Claudia Tobito